CFW 31.2.
Corresponde a los sínodos y a los concilios determinar, como magistrados, en las controversias de fe y casos
de conciencia, establecer reglas e instrucciones para el mejor orden en el culto público a Dios y en el gobierno de su iglesia, recibir reclamaciones en casos de mala administración y determinar con autoridad en las mismas. Tales decretos y determinaciones, si concuerdan con la palabra de Dios, deben ser recibidos con reverencia y sumisión, no sólo por su concordancia con la palabra, sino también por el poder por el cual son hechos, siendo éste una ordenanza de Dios instituida en su Palabra. (1)
1. Hechos 15:15,19,24,27-31; 16:4; Mateo 18:17-20.